Canarias lleva al TC la Ley de Costas

Publicado por: Redacción EFEverde 2 de septiembre, 2013

El Gobierno de Canarias ha recurrido la nueva la Ley de Costas ante el Tribunal Constitucional porque considera que invade sus competencias en materias como el urbanismo, los puertos o el medio ambiente e infringe la propia Carta Magna al excluir del dominio público a salinas y dunas.

El consejero de Obras Públicas y Política Territorial, Domingo Berriel (CC), ha puesto hoy en conocimiento de sus compañeros de Consejo de Gobierno el contenido del recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Costas 2/2013 que han interpuesto los servicios jurídicos de la comunidad autónoma. El Gobierno de Canarias sostiene que la reforma de la ley impulsada por el PP vulnera competencias autonómicas, infringe la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional en materia de playas y puertos e introduce una “desigualdad de trato” entre ciudadanos. Además, entiende que vulnera la autonomía local y de los principios de igualdad, seguridad jurídica, interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos y de irretroactividad de las normas restrictivas de derechos individuales.

El Gobierno regional denuncia que se invaden sus competencias sobe ordenación del uso de las playas y regulación de las zonas de servicios portuarios, aspectos sobre los que el propio Constitucional ya se ha pronunciado en sentencias anteriores. “Del mismo modo, se desconocen las competencias autonómicas cuando somete a la aprobación estatal los planes que hayan de elaborar las comunidades autónomas en relación con los bienes del dominio público marítimo terrestre que tengan adscritos”, añade. En cuanto al urbanismo, Canarias considera una intromisión en sus competencias que se atribuya al Estado determinar las características con las que debe contar un suelo para considerarlo urbano, a los efectos de reducir la servidumbre de protección de 100 a 20 metros de ciertos núcleos o áreas de población. Dominio Público La comunidad autónoma defiende, asimismo, que la nueva ley vulnera la definición que la Constitución hace del dominio público marítimo terrestre (artículo 132.2) al excluir de él las zonas inundadas artificialmente (salinas y cultivos marinos) y “una parte significativa de las dunas, que ya sólo serán de dominio público en la parte que sean necesarias para garantizar la estabilidad de la playa y la defensa de la costa”. El Gobierno canario recalca que la Constitución dispone que son dominio público la zona marítimo terrestre y las playas, “sin excepción”, y que las salvedades que ahora se introducen “violentan el deber de los poderes públicos de preservar el medio ambiente” (artículo 45)” y hacen posible “la privatización de la costa”.

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Redacción EFEverde

Un equipo de periodistas especializados en periodismo e información ambiental de la Agencia EFE.