Varios caballos en un pasto. EFE/ Brais Lorenzo/ARCHIVO

MALTRATO ANIMAL

Prohíben a acusado de maltrato animal tener animales y que porte armas

Publicado por: Redacción EFEverde 4 de mayo, 2023 Madrid

Madrid (EFEverde).- Un juzgado madrileño ha prohibido a un hombre acusado de maltrato animal, en cuya finca se halló una galga agonizando y otros animales en pésimas condiciones, que tenga ningún animal ni armas, y ha decretado el cierre de sus instalaciones ganaderas aplicando la nueva ley que reforma el Código Penal en este ámbito.

En un auto fechado el pasado 3 de mayo y al que ha tenido acceso EFE, la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Arganda del Rey (Madrid) acuerda siete medidas cautelares contra Miguel A.R.G. tras recibir un atestado del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil en el que consta como detenido por un presunto delito de maltrato animal.

Se trata del primer auto en la Comunidad de Madrid, han precisado a EFE fuentes jurídicas, en el que se aplican los criterios de la ley orgánica que reforma el Código Penal sobre maltrato animal, que entró en vigor el pasado 18 de abril para endurecer las penas y establecer nuevas circunstancias agravantes de delito, y de la ley de Bienestar Animal tramitada en paralelo, que se publicó en el BOE el 29 de marzo pero no entrara en vigor hasta septiembre.

Protección de los animales

La jueza explica que toma esas contundentes medidas cautelares, que estarán en vigor “durante toda la fase de instrucción y hasta que la sentencia sea firme”, para proteger a los animales y “tratando de dar cumplimiento así a la normativa comunitaria y nacional” recientemente publicada, citando expresamente las dos leyes anteriores y también el Convenio Europeo de Protección de Animales de Compañía, que entró en vigor el pasado 1 de febrero.

Así la jueza ordena el decomiso de todos los animales de los que el investigado sea propietario (diez perros y dos caballos); el nombramiento de una protectora como depositaria judicial de los animales; la prohibición al investigado de aproximarse a los animales y a la protectora y la prohibición de tenencia de animales y también la tenencia y porte de armas.

También decreta el cierre cautelar de las explotaciones ganaderas a nombre del investigado, y que todos los animales intervenidos puedan ser dados en adopción.

Maltrato animal

Todo ello a raíz del atestado que remitió al juzgado el Seprona en el que se detallaba que, tras una llamada ciudadana, se hallaron en un corral de la localidad madrileña de Campo Real una perra de raza galga agonizando, que murió poco después, y un galgo con una pérdida severa de masa corporal y parásitos.

El dueño de este corral y su hermano tenían otros animales en otras dos fincas en las que había cuatro perros en malas condiciones, con parásitos y sin agua ni comida, y otros cuatro en mejores circunstancias (estos últimos propiedad del hermano del finalmente arrestado). Contaban también con dos caballos.

Los veterinarios determinaron que la perra fallecida murió por falta de cuidados y que los perros rescatados sufrían desnutrición y deshidratación y tenían otros problemas de salud como parásitos.

Una vez vistas las pruebas, la jueza determina en el auto que “queda claro el estado de absoluta dejadez de las condiciones higiénico sanitarias de los animales y control sanitario, así como la inidoneidad de las fincas”.

Así aprecia “indicios racionales de criminalidad” contra Miguel A.R.G. por el delito previsto en el artículo 420 bis 2 del Código Penal con la agravante de ser el propietario y tener confiado el cuidado de los animales citados, y de un delito previsto en el artículo 340 bis 3 respecto a la galga fallecida. EFEverde

 

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Redacción EFEverde

Un equipo de periodistas especializados en periodismo e información ambiental de la Agencia EFE.