La ampliación de la Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) Laguna del Hito que dificulta la construcción del Almacén Temporal Centralizado (ATC) de residuos nucleares en Villar de Cañas (Cuenca) decretado por el Gobierno de Castilla-La Mancha, ha sido anulado por segunda vez por el Tribunal Superior de Justicia de comunidad autónoma.
El acuerdo del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha que se anula fue adoptado en julio de 2015 y preveía ampliar la ZEPA hasta Villar de Cañas, lo que habría afectado a la construcción del ATC en dicho municipio conquense, si bien el Consejo de Seguridad Nuclear acordó dejar en suspenso la emisión del informe sobre la autorización de construcción del ATC, lo que supone que en la práctica el silo nuclear está paralizado.
Recurso particular
La sentencia que anula el decreto del Consejo de Gobierno, dictada el 4 de marzo y a la que ha tenido acceso Efe, es consecuencia de un recurso presentado por el propietario de un terreno afectado por las limitaciones y restricciones que se derivaban de la ampliación de la protección mediombiental, y que fue interpuesto por Pilar Martínez Abogados.
De este modo, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha fallado por segunda vez contra la ampliación de la ZEPA en la Laguna del Hito, si bien contra esta sentencia cabe interponer recurso extraordinario y limitado de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en un plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la notificación.
[box type=”shadow” ]En sus fundamentos de derecho, la sentencia -de 28 páginas- hace alusión al anterior fallo del TSJCM, del 30 de julio de 2018, y apunta que “la actuación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se podría calificar como errática, en la medida en la que incurre en importantes contradicciones que permiten cuestionar la finalidad legítima de su proyecto de ampliación de la Laguna del Hito”. [/box]Ampliación de la zona protegida para aves que impide la construcción del ATC
También se apunta que, cuando se trata de ampliar una ZEPA de mil a 24.000 hectáreas, se debería haber evidenciado “una mayor contundencia” a la hora de probar la presencia los hábitats y las especies susceptibles de protección.
Asimismo, en la sentencia actual también se recuerda que en la de julio de 2018 se dijo que “no es conforme con el orden de distribución de competencias que una comunidad autónoma pretenda introducir importantes restricciones que hagan inoperativo el ejercicio de la competencia exclusiva del Estado”. EFEverde
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