Imagen del vallado en la localidad de Palomares (Almería), en la zona en la que cayeron cuatro bombas termonucleares en 1996 (Fotografía de archivo). EFE/Fran Leonardo

PALOMARES CONTAMINACIÓN

Ecologistas denuncia ante el Parlamento Europeo zonas contaminadas sin vallado en Palomares

Publicado por: Redacción EFEverde 9 de enero, 2023 Almería

Almería.- Ecologistas en Acción ha denunciado ante el Parlamento Europeo (PE) que "fuera de los terrenos vallados" de Palomares, en Cuevas del Almanzora (Almería), hay zonas con contaminación radiactiva que "deben de ser valladas".

Así consta en una petición registrada en el Parlamento Europeo por el colectivo conservacionista, ya admitida a trámite, en referencia a los terrenos contaminados tras el accidente de enero de 1966, cuando dos aeronaves de la Fuerza Aérea de Estados Unidos colisionaron en pleno vuelo durante una maniobra de reabastecimiento de combustible, lo que provocó la caída de cuatro bombas termonucleares.

"La zona radiactiva más peligrosa para la ciudadanía está situada en la acera de los números impares de la calle Diseminado de la Punta de Palomares, por donde habitualmente circulan personas", asegura el colectivo.

Ecologistas en Acción también denuncia al PE la "inacción de las autoridades españolas y pide que se cumpla con la normativa vigente en materia de contaminación radiactiva y protección radiológica en el área de Palomares, priorizando la urgente descontaminación de los nuevos puntos de libre acceso a los ciudadanos y su posibilidad de contaminación externa e interna".

El pasado mes de noviembre el Tribunal Supremo (TS) desestimó el recurso de casación de Ecologistas en Acción contra el fallo de la Audiencia Nacional que sentenció que el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) no tiene competencia para ordenar la limpieza de Palomares (Almería).

La sala tercera del TS declaró en su sentencia que, sin perjuicio de las competencias que corresponden al CSN en relación con la zona de Palomares en tanto que área de exposición perdurable, el citado organismo no resulta competente para adoptar medidas tendentes a fijar un plazo para la ejecución del Plan de Rehabilitación de Palomares, como solicitaba Ecologistas en Acción.

La sentencia resaltaba al respecto que, con independencia de las expresiones que emplea la recurrente para describir la situación de la zona, "lo cierto es que la de Palomares encaja en la noción de área de 'exposición perdurable' a la que se refiere el Reglamento sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones ionizantes (...)".

Añadía el Supremo que entre las formas de intervención que puede adoptar el CSN en situaciones de exposición perdurable no se incluye la de fijar un plazo para llevar a efecto el almacenamiento temporal de una cantidad de metros cúbicos de tierra contaminada.

"Fácilmente se constata que en ninguna de estas funciones resultaría incardinable una actuación del Consejo de Seguridad Nuclear como la que la recurrente pretende que le imponga la sentencia, consistente en que (...) ordene la clausura del área contaminada de Palomares (Almería) con fijación de plazo para llevarla a efecto, y, a la espera de encontrarles un almacenamiento definitivo, se proceda al almacenamiento temporal de los 6.000 m3 de tierra contaminada", señalaba el TS. EFEverde

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Redacción EFEverde

Un equipo de periodistas especializados en periodismo e información ambiental de la Agencia EFE.

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