El Gobierno español tiene dudas sobre la constitucionalidad de la Ley que regula el aprovechamiento eólico en Cantabria y negociará con la comunidad autónoma para solventar las diferencias en torno al texto que, si no hay acuerdo, podría ser recurrido por el Estado ante el Tribunal Constitucional.
Lo que cuestiona la Administración central es el grueso de la ley cántabra, todo un título completo en el que se regula el procedimiento que deben seguir las empresas para que se autorice la instalación, ampliación, transmisión o cierre de parques eólicos en la región.
Como ya ocurriera en el caso de la Ley del Fracking, y hace unas semanas con la Ley de Cooperativas, el Estado y la comunidad autónoma han decidido iniciar negociaciones para tratar de salvar las discrepancias que surgen en torno a este texto.
Y ambas administraciones han acordado comunicar al Tribunal Constitucional el inicio de esas conversaciones, lo que permite al Estado ampliar el plazo que tendría para formalizar el recurso de inconstitucionalidad si finalmente opta por llevar el pleito ante este órgano judicial.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy el acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación entre el Estado y la comunidad autónoma por la que se acuerda designar un grupo de trabajo para tratar de buscar una solución que evite terminar en el Constitucional.
En el caso de la Ley que prohíbe el uso de la técnica de la fractura hidráulica en Cantabria, no fue posible el acuerdo y el Estado ha presentado el recurso de inconstitucionalidad, que ha dejado en suspenso la norma.
Ahora las discrepancias se plantean con otra ley que afecta de nuevo a la regulación energética y las diferencias aluden, en concreto, a todo el título segundo de la ley y a la disposición adicional segunda.
En esa disposición se dice que la planificación energética de la comunidad autónoma será aprobada por decreto del Consejo de Gobierno, se publicará en el Boletín Oficial de Cantabria y se dará la máxima difusión de su contenido.
Por su parte, el título segundo constituye el grueso de la Ley Eólica cántabra, porque regula todo el procedimiento de autorización de los parques eólicos, incluido el modelo que propone el Gobierno regional para que las solicitudes de nuevos parques se sometan a un régimen de competencia entre empresas.
También se prevén en este título las garantías económicas que deben aportar las empresas y las condiciones para la modificación de parques, su transmisión o su cierre. EFE