El pasado 30 de julio de 2011, entró en vigor la nueva Ley de residuos y suelos contaminados, que integra en una única norma las Directivas comunitarias e incorpora al ordenamiento jurídico español la denominada “Directiva Marco de residuos”.
La unificación permite ordenar conceptos dispersos. Así, siguiendo un orden establecido, se ocupa de la prevención en la generación de residuos, de su preparación, del reciclado y de la eliminación de los mismos.
Los objetivos que se persiguen son los de conseguir, antes de 2015, la recogida separada para, al menos, el papel, metales, plástico y vidrio y su tratamiento biológico. Antes de 2020, rebajar el peso de los residuos producidos en, al menos un 10 %, respecto de los generados en 2010; y con las mismas referencias de fechas, conseguir la reutilización y reciclado de un 50 % sobre el peso de los residuos domésticos y comerciales que se produzcan.
La Ley avanza, como comentaba, respecto de la dispersión normativa anterior y modifica conceptos y principios: 1) admite la posibilidad de implantar sistemas de depósito, devolución y retorno con carácter obligatorio; 2) regula el régimen de intervención de la Administración en la producción y gestión de los residuos; 3) introduce la regulación de los llamados sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor; y 4), por último, crea la Comisión de coordinación en materia de residuos, con la intención de colaborar entre las distintas administraciones competentes, aunque deja pendiente de desarrollo reglamentario la regulación de las competencias de la misma.
La norma abarca más temas, pero no quiero extenderme más. Parece razonable entender la necesidad de unificar lo que existía para velar, mejor, por su cumplimiento y que, en la presente legislatura, la que acaba hoy, era un objetivo irrenunciable avanzar en la publicación y entrada en vigor de normas medioambientales, (¿puede considerarse a la Ley de Economía Sostenible una norma de carácter medioambiental, o económica con aspectos medioambientales?); pero es cierto que nos hemos quedado sin una que considero crucial: la de prevención o tratamiento del Cambio Climático.
El fin de la legislatura no nos permite averiguar cuándo volveremos a verla ni de quién será la iniciativa, si la tienen, para poder seguir su proceloso camino legislativo sometido, siempre, a los vaivenes de los intereses y de la Política.
Ley y Clima
26 de septiembre de 2011