De acuerdo con un comunicado remitido por el Miteco, el nuevo documento modifica dos textos previos -el Real Decreto sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos de 2008 y el que afectaba a residuos de aparatos eléctricos y electrónicos de 2015- con el fin de incorporar las modificaciones introducidas en 2018 en las directivas comunitarias que regulan ambos flujos de residuos.
A partir de ahora, los residuos de pilas y acumuladores que contengan sustancias como el litio o el níquel metal hidruro adquieren la clasificación específica de «residuo peligroso» y tendrán que ser gestionados teniendo en cuenta esta característica.
En cuanto a la normativa relativa a los RAEE, «se clarifica su ámbito de aplicación», al incidir en que, desde agosto de 2018, se aplica a todos los aparatos eléctricos y electrónicos y no sólo a categorías determinadas, lo que permite una clasificación «más sencilla y coherente» con sus requisitos de tratamiento específico.
El texto concreta los objetivos de gestión que deben cumplir los productores de RAEE, incluido el peso de los aparatos recogidos, y ordena los compromisos que estos asumen directamente distinguiéndolos de las que es preciso cumplir a través de los sistemas de responsabilidad ampliada.
Los sistemas colectivos podrán realizar actividades complementarias siempre que sean financiadas «de forma voluntaria» y sólo por los productores que decidan participar en ellas, adecuando el importe de su garantía financiera al 25 %, ya que la actual -el 100 % del coste medio anual de gestión de los RAEE- resultaba «excesiva», según la nota ministerial.
El nuevo Real Decreto aportará «más fiabilidad» a la hora de fijar objetivos de recogida nacional de RAEE, además de introducir un mecanismo para «flexibilizar los objetivos de recogida separada» -sin alterar el objetivo nacional de cumplimiento, que permanece igual- y mejorar la coordinación de los responsables de este tipo de reciclaje.
Además, el documento refuerza el control de aparatos eléctricos y electrónicos procedentes de terceros países, al forzar a la inclusión «de forma visible» del número de inscripción en el Registro Integrado Industrial en la acreditación documental de la importación de estos dispositivos. EFEVerde




