Contaminación aguas residuales

Aguas residuales en la Depuradora de Aguas Residuales de Archena (EDAR). EFE/J.J. Guillén/ARCHIVO

POLÍTICA MEDIOAMBIENTAL

España tiene diez sentencias y 29 casos abiertos por la UE en materia medioambiental

Publicado por: efeverde 16 de julio, 2018 Madrid

España tiene diez sentencias -nueve pendientes de cumplir- y veintinueve casos abiertos por la Unión Europea por incorrecta aplicación de la legislación en materia de medio ambiente, según recoge la contestación dada por el Gobierno a una pregunta del diputado de EQUO, Juantxo López de Uralde.

Biodiversidad, naturaleza e impacto ambiental, aguas residuales urbanas y residuos (en especial vertederos), son los asuntos sobre los que se han abierto la mayoría de procedimientos de infracción, ha informado EQUO en un comunicado.

Diez sentencias 

Entre la sentencias contra España están el proyecto de regadío canal Segarra-Garrigues, varios sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas, vertederos y proyectos de explotación en varias minas a cielo abierto en el valle de Laciana (León).

Asimismo, sobre el AVE Sevilla-Almería, obligaciones sobre hábitats en la zona de la M-501, o la sentencia condenatoria competencia de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre designación de Zonas especiales de conservación (ZEC).

Sobre las sentencias pendientes de cumplir, que afectan a nueve procedimientos de infracción, señala la Administración, aún no se ha impuesto una multa a España por incumplimiento, si bien alerta de que se podría imponer una en materia de “Aguas Residuales-procedimiento C-205/17”.

Las sentencias son:

– C-186/06 (DM 2001/4776), asunto: Proyecto de regadío canal Segarra-Garrigues (Lérida) de 18/12/2007.
– C-205/17 (DM 2004/2031) asunto: Incumplimiento sentencia asunto C-343/10 (ARU) de 14/04/2011, asunto: Incumplimiento de las obligaciones derivadas de los arts. 3 y 4 de la Directiva 91/271/CEE relativa al tratamiento de las aguas residuales urbanas. Presentada 26/04/2017.
–  C-343/10 (DM 2004/2031) asunto: Incumplimiento de las obligaciones derivadas de los art 3 y 4 de la Directiva 91/271/CEE relativa al tratamiento de las aguas residuales urbanas., de fecha 14/04/2011.
– C-38/15 (DM 2002/2123), asunto: Aplicación de la Directiva 91/271/CEE en particular en lo que se refiere a las zonas sensibles, de 10/03/2016.
– C-404/09 (DM 2001/4914), asunto: Proyectos de Explotación en varias minas a cielo abierto, en el valle de Laciana (León), de 24/11/2011.
– C-454/14 (DM 2011/2071), asunto: No adopción, en determinados vertederos medidas necesarias (plan de acondicionamie nto y en el caso de no autorizados, cierre instalaciones por Incumplimiento arts. 14, b) y c) Directiva 1999/31/CE, de 25/02/2016.
– C-461/14(DM 2010/4235), asunto: Ave Sevilla-Almería de 24/11/2016.
– C-560/08 (DM 2006/4340), asunto: Carretera M-501. Obligaciones resultantes de la Directiva 92/43/CEE de hábitats de 15/12/2011.
 C 563/15 (DM 2006/2311), asunto: Incumplimiento obligaciones derivadas artículos 13 y 15 de la Directiva 2008/98/CE, sobre los residuos (VERTEDEROS ILEGALES), de 15/03/2017.
– C-90/10 (DM2008/2365), asunto: Designación de Zonas especiales de conservación (ZEC) en la región macaronésica22.09.11 SENTENCIA CONDENATORIA. Competencia: Comunidad Autónoma de Canarias.

La nota añade que desde la Administración General del Estado se trabaja con la mayor “diligencia posible”, sin embargo, existe preocupación por los expedientes abiertos, “muchos de ellos antiguos” -como los referidos a aguas residuales y vertederos ilegales-.

Coordinación entre diferentes administraciones 

Añade, además, que esos procedimientos requieren de políticas coordinadas entre las diferentes administraciones implicadas (General, Autonómica y Local) y, en algunos casos, fuertes inversiones económicas.

La gran mayoría tienen competencia compartida, siendo un número reducido competencia exclusiva del Estado y, el resto, competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas.

Asimismo, sostiene que la Administración General del Estado trabaja de forma coordinada con los Gobiernos autonómicos responsables para suministrar puntual información cuando la requiere la Comisión Europea. EFEverde

 

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