Muestras de microplásticos tomadas en el entorno del río Manzanares. EFE/ Sebastián Mariscal

Microplásticos: de la reacción a la gestión preventiva. Por Ángela Martín (AIMPLAS)

La contaminación por microplásticos ha dejado de ser una preocupación emergente para convertirse en un eje central de la política ambiental europea.

El reciente desarrollo normativo de la Unión Europea, en particular el Reglamento (UE) 2023/2055 y el Reglamento (UE) 2025/2365, no solo confirma esta prioridad, sino que introduce un cambio de paradigma: pasar a la gestión activa, medible y trazable de las emisiones de microplásticos.

Este giro regulatorio tiene implicaciones jurídicas y operativas profundas para la industria

Hasta ahora, gran parte de la normativa ambiental vinculada a plásticos se centraba en la fase de producto prohibiciones, restricciones o requisitos de diseño. Sin embargo, el nuevo marco introduce una obligación de carácter estructural: las empresas deberán calcular y reportar anualmente las pérdidas estimadas de microplásticos a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA), siendo el próximo 31 de mayo de 2026 el primer hito crítico.

No se trata de una obligación meramente formal. Supone, en la práctica, la implantación de sistemas internos de control, medición y trazabilidad que muchas organizaciones no tenían desarrollados. La empresa deja de ser un agente pasivo sujeto a prohibiciones para convertirse en responsable directo de cuantificar su impacto ambiental en términos de liberación de microplásticos.

En paralelo, las prohibiciones siguen avanzando y tendrán un impacto directo en el mercado y en el consumidor. La eliminación progresiva de los cosméticos exfoliantes con microesferas plásticas prevista para octubre de 2027 o la futura prohibición del relleno granular en campos de césped artificial a partir de 2031 son ejemplos claros de cómo la normativa incide tanto en la oferta como en la demanda.

Estas medidas no solo buscan reducir fuentes identificadas de contaminación, sino también acelerar la transición hacia alternativas más sostenibles.

La cadena de valor bajo escrutinio: el reto de la granza

Uno de los aspectos más relevantes y quizá menos visibles del nuevo marco normativo es la regulación de la pérdida de granza plástica. El Reglamento (UE) 2025/2365 obliga a los operadores que manipulen pellets, así como a transportistas y operadores logísticos, a implantar medidas preventivas y planes de gestión de riesgos antes de diciembre de 2027.

Este punto es especialmente significativo porque introduce una visión de cadena de valor: la responsabilidad ya no se limita al fabricante, sino que se extiende a todos los actores implicados en la manipulación y transporte de materias primas plásticas.

Ante este escenario, la principal cuestión ya no es si las empresas deben adaptarse, sino cómo y cuándo hacerlo.

La experiencia demuestra que la anticipación es clave. Las organizaciones que comiencen ahora a identificar sus fuentes de posibles pérdidas de microplásticos al medioambiente, a diseñar sistemas de medición, prevención y contención y a integrar estos requisitos en sus modelos de gestión no solo reducirán riesgos regulatorios, sino que ganarán en eficiencia, trazabilidad y posicionamiento competitivo.

En este sentido, es necesario avanzar hacia un enfoque integral que combine cumplimiento normativo, innovación tecnológica y cultura organizativa. La medición de pérdidas de microplásticos no puede abordarse como un ejercicio aislado, sino como parte de un sistema más amplio de gestión ambiental y de riesgos.

La lucha contra los microplásticos exige, en definitiva, un cambio de enfoque: de la reacción a la prevención, de la opacidad a la trazabilidad, y del cumplimiento mínimo a la gestión estratégica.

Ángela Martín es técnico de Gestión de Riesgos de AIMPLAS.

Europa ha marcado el rumbo. Ahora corresponde a la industria no solo seguirlo, sino liderar la transición hacia un modelo más responsable, transparente y sostenible.

Ángela Martín es técnico de Gestión de Riesgos de AIMPLAS.

 

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Esta tribuna puede reproducirse libremente citando a sus autores y a EFEverde.

 

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